
Contraloría determina que Steinert sobrepasó sus facultades al requerir información a la PDI en polémico oficio reservado
La exministra de Seguridad del presidente José Antonio Kast Rist, Trinidad Steinert Herrera, operó fuera de la ley durante su periodo como secretaria de Estado.
De acuerdo con información exclusiva de La Radio, la Contraloría General de la República determinó que Steintert se excedió en sus funciones al pedir a la PDI datos específicos sobre funcionarios que, además, estaban implicados en una investigación penal activa.
El documento, al que tuvo acceso el medio previamente mencionado, revela diversos aspectos. Primero, señala que los datos solicitados por la ministra en ese momento no eran imprescindibles para las actividades de planificación del Ministerio de Seguridad, por lo que sobrepasaba el alcance de sus atribuciones.
Además, la Contraloría advirtió que dicha solicitud podía afectar el desarrollo de una investigación penal vigente, algo que la legislación prohíbe expresamente.
- Contraloría determina actuación ilegal de exministra Trinidad Steinert
El pronunciamiento del órgano fiscalizador se originó tras requerimientos presentados por los diputados Raúl Leiva Carvajal y Patricio Pinilla Valencia, quienes cuestionaron la legalidad de un oficio reservado enviado por la entonces secretaria de Estado al director general de la Policía de Investigaciones, Eduardo Cerna Lozano, apenas dos días después de asumir el cargo, en marzo de este año.
Un documento fechado el 13 de marzo —a menos de 48 horas de asumir— muestra que la ministra de Seguridad, Trinidad Steinert, solicitó antecedentes detallados sobre funcionarios vinculados al caso “Clan Chen” en Tarapacá. Días después, la subdirectora de Inteligencia de la PDI, Consuelo Peña, fue removida tras una solicitud directa de la Secretaría de Estado. La secuencia instaló dudas sobre una eventual “pasada de cuenta” de carácter personal de la exministra Steinert con la ahora exfuncionaria de la policía civil.
Entre los antecedentes requeridos por Steinert figuraban los nombres completos, RUT, grados y destinos actuales de los funcionarios involucrados, además de eventuales antecedentes disciplinarios, sumarios internos y denuncias penales que pudieran existir en su contra.
Para la Contraloría, ese nivel de detalle excedía las facultades que la ley entrega al Ministerio de Seguridad para requerir información a las policías, ya que dichos antecedentes no resultaban necesarios para las labores de planificación, coordinación y supervisión que corresponden a esa cartera.
El organismo agregó que la propia ley prohíbe expresamente solicitar información cuya divulgación pueda afectar una investigación penal en desarrollo, situación que a juicio del ente contralor podía producirse en este caso.
Te puede interesar: Mario Marcel y la complicada situación de la economía: “El deterioro se produjo a partir del shock del precio de los combustibles”
“En efecto, no se advierte de qué manera los requerimientos específicos aludidos en la especie, puedan enmarcarse en las hipótesis legales que habilitan a la autoridad ministerial para efectuar este tipo de solicitudes, las cuales, conforme a la normativa vigente, deben estar destinadas, entre otros aspectos, a planificar, diseñar, monitorear, coordinar, supervigilar y evaluar el cumplimiento de los objetivos establecidos en las políticas, planes y programas de seguridad que define dicho MSP”.
- Conflicto de interés
Uno de los puntos más relevantes del dictamen apunta a que los requerimientos realizados por Steintert recaían sobre una brigada policial que había trabajado con ella durante su etapa como fiscal regional de Tarapacá.
Por esa razón, la Contraloría sostuvo que la entonces ministra debía observar el deber de abstención para evitar un eventual conflicto de interés derivado de su relación profesional previa con los funcionarios involucrados.
En esa línea, el organismo concluyó que la actuación de la exautoridad “no se ajusta estrictamente a las atribuciones y funciones que el ordenamiento jurídico asigna a la autoridad ministerial” y que tampoco se aviene con el deber de abstención que debía observar.
Sin embargo, el dictamen no imputa responsabilidades penales ni pone en duda la legalidad de la salida de la entonces prefecta general de la PDI, cuya desvinculación fue considerada conforme a derecho por la propia Contraloría.

