Noticias Chile | Recibió subsidio DS49, pero deberá devolver más de $30 millones: esta es la razón

- ¿QUÉ PASÓ?
Por orden de la Corte Suprema, una mujer deberá restituir al Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de la región de Coquimbo el subsidio habitacional que recibió en 2017, tras determinarse que no habitó la vivienda adquirida con dichos fondos.
La beneficiaria fue seleccionada para el Subsidio DS49, destinado a familias en situación de vulnerabilidad y que permite financiar una vivienda sin necesidad de un crédito hipotecario. El programa exige que la propiedad sea habitada por la persona beneficiada y su grupo familiar por al menos cinco años.
Tras la entrega del departamento, ubicado en un condominio de la capital regional, el Serviu realizó un seguimiento para verificar el cumplimiento de las condiciones del beneficio.
- Visitas fiscalizadoras
Según la demanda presentada por el Serviu, entre los años 2019 y 2021 se efectuaron cinco visitas al inmueble por parte de ministros de fe. En todas ellas se habría constatado que “no está siendo habitado personalmente por la demandada ni por los miembros del grupo familiar”, argumentó el organismo.
Ante esta situación, el Serviu solicitó la devolución de 945 UF —equivalentes a $30.937.816 al momento de la transferencia— por incumplimiento de los términos del subsidio.
- La defensa: rutina laboral y cuidados familiares
La defensa de la acusada argumentó que hubo un “error de hecho” por parte del Serviu. El abogado señaló que su representada no contaba con tiempo ni medios para abandonar el departamento, detallando una exigente rutina diaria:
- Trabajaba como funcionaria administrativa en el Hospital de Andacollo entre las 08:00 y las 17:00 horas.
- Luego cuidaba a su madre de 88 años, con demencia.
- Regresaba a Coquimbo en el último bus del día, llegando a su domicilio alrededor de las 22:30 horas para atender a su familia compuesta por cónyuge, hija y nietos.
Además, cuestionó el procedimiento del Serviu: “No se dispone de pautas elaboradas por los mencionados ministros de fe, en las cuales se acredite la forma en que se efectuaron las señaladas visitas”, afirmó, acusando además un “vicio de parcialidad inexcusable”.
- Fallo judicial
La defensa presentó como respaldo certificados laborales, boletas de servicios básicos y fotografías. Sin embargo, el 3° Juzgado de Letras de Coquimbo concluyó que estos antecedentes “no son suficientes para acreditar que efectivamente lo habita o que se encuentran plenamente justificadas las razones de su ausencia en los periodos fiscalizados”.
Finalmente, la Corte Suprema ratificó la sentencia, obligando a la beneficiaria a devolver el total del subsidio recibido.



