¿Qué hacer con las queridas mascotas cuando las parejas se separan?

- ¿Qué pasó?
Era el 1 de julio del 2022, y la entonces vida privada de Nicolás Baeza, su expolola y dos perros shih tzu —Igor y Bambú— saltó de los tribunales de justicia a los medios de comunicación: ese día, el 8º Juzgado Civil de Santiago determinó que ambos, aunque estuvieran separados, debían cuidar a sus mascotas mediante una tuición compartida.
Antes, el 2015, Baeza vivía junto a su entonces pareja y compró a Igor, que quedó al cuidado de ambos. Tiempo después, el perro se cruzaría con una shih tzu hembra. Entre los cachorros que nacieron, se quedaron con uno y le pusierón Bambú.
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Pero lamentablemente tres años después la familia se separaría: Baeza y la mujer terminaron su relación, aunque acordaron compartir la custodia de Igor y Bambú. Por más de un año dividieron gastos y se turnaron mensualmente en su cuidado. Hasta que ella decidió terminar el acuerdo.
“Con mis perros generé un lazo súper cercano, eran parte de mi familia, contó entonces Baeza a La Tercera. “Cuando pensé que no los iba a volver a ver, obviamente me angustié y me sentí súper frustrado”, .
Entonces decidió recurrir a la justicia, a pesar de que quien figuraba en el Registro Nacional de Mascotas como tutora de los animales era su expareja. La legislación chilena, a través de la Ley Cholito o de Tenencia Responsable, no contempla este tipo de situaciones, como sí ocurre en España, por ejemplo, a través de la Ley de Protección Animal.
“Así como existe la custodia compartida de hijos en casos de divorcio o separación, no existe una regulación parecida para cuando esto ocurre con las mascotas. En términos legales, las mascotas aún se consideran bienes muebles —es decir, un objeto—, y no se les otorgan los mismos derechos y consideraciones que a las personas.
Pero contra todos los pronósticos, la justicia chilena falló a favor de Baeza, por lo que Igor y Bambú quedaron bajo una tuición compartida. “Esto sentó un precedente, ya que el juez consideró que los animales sienten, lo que va más allá de la normativa”.
Desde la abogacía sostienen que recurrir a tribunales debe ser la última instancia en este tipo de casos, los que se resuelven en juzgados civiles y no de familia. Lo ideal es que las personas lleguen a un acuerdo simple, y de no ser posible, que se acuda a un mediador.