Conoce la lista de conductas que serán consideradas como acoso laboral según nueva ley, para denunciar a tu jefatura directa

  • ¿Qué pasó?

El 1 de agosto entrará en vigencia la nueva Ley de Acoso Laboral en Chile, también conocida como Ley Karin. Con ello, se desplegaron una lista de conductas que, a partir de esa fecha, serán sancionadas en el trabajo.

La iniciativa, que busca terminar con la agresión, el bullying y el hostigamiento, penaliza alrededor de 18 acciones o conductas. Además, establece que el delito no se limita a la relación entre jefe y subordinado, sino que también puede ser entre compañeros de trabajo.

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Un sondeo realizado por la empresa Vertical Hunter en 2023 arrojó que un 70,1% de los entrevistados sufrió acoso laboral al menos una vez en su vida. Entre las formas de acoso más comunes, se registró el maltrato verbal o escrito, desprestigio frente a compañeros de trabajo, crítica destructiva, entre otros.

En esa línea, según información de La Tercera, la nueva Ley de Acoso Laboral establece que no será necesario que los hostigamientos o agresiones sean reiterados para ser constitutivas de delito, tal como lo señalaba la antigua ley, sino que bastará que dicha acción sea ejercida una sola vez para poder ser denunciada.

Además, se incorporará el concepto de violencia laboral y se extenderá la protección a trabajadores frente a acciones de terceros ajenas a la empresa. También se implementará un protocolo que regula la identificación de riesgos y medidas de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo. Y el perfeccionamiento del procedimiento de investigación y sanción.

Lista de conductas que serán consideradas como acoso laboral

  • Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
    Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
  • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
  • Burlarse de la vida privada de un trabajador.

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