Corte de Apelaciones autoriza el uso de escopetas antidisturbios en la disolución de manifestaciones en Santiago

AGENCIA UNO

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado en contra de Carabineros y el Ministerio del Interior por el uso de escopetas antidisturbios en la disolución de manifestaciones públicas.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció que no existió un actuar arbitrario de las autoridades y que el recurso carece de la oportunidad necesaria, debido a que el Alto Mando de la policía uniformada instruyó sobre el uso proporcional de elementos disuasivos en el restablecimiento del orden público según detalló RADIO BIO BIO.

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La resolución determinó que “se han dictado los protocolos y las instrucciones que regulan la utilización de los elementos disuasivos, entre los que cabe consignar la instrucción del general director de Carabineros, en orden a prohibir el empleo de la escopeta antidisturbios salvo el caso de peligro inminente para la vida de los funcionarios”.

Además, se mencionó que “la normativa que rige a Carabineros de Chile (…) contiene disposiciones precisas que permiten, regulan, acotan y precisan las condiciones de utilización de la clase de implementos a que se refiere el recurso”.


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