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Noticias Chile | Bancada de diputados de la DC anunció que apoyará el tercer retiro de los fondos previsionales

Este martes 23 de marzo la bancada de diputados de la Democracia Cristiana anunció que apoyará el tercer retiro de los fondos previsionales, proyectos que comienzan a discutirse este miércoles en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados.

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  • DEMOCRACIA CRISTIANA

El diputado Matías Walker señaló que “se va a aprobar en el Congreso, lo vamos a aprobar, pero necesitamos que el Gobierno defina su postura”.

“Por qué se enreda tanto, Presidente, si la gente necesita ayuda ahora. Renta universal de emergencia, $400 mil para todas las familias, hasta el mes de junio, sin letra chica y sin esa frase que dice en cada cadena nacional”.

 

“Vamos a aprobar todos los beneficios, pero exigimos una renta universal de emergencia”, planteó.

  • PROYECTO JORGE DURÁN

El parlamentario de Renovación nacional, Jorge Durán presentó un proyecto que permitiría retirar hasta $4,4 millones.

Según el mismo explicó, los beneficiarios serían “las personas que sean propietarias de fondos previsionales regulados por un régimen de capitalización individual, cuyo financiamiento provenga de cotizaciones obligatorias y que no se hayan pensionado, tendrán derecho a retirar, por única vez, desde 5 ingresos mínimos mensuales ($326.500) hasta un máximo de 150 UF de su cuenta de capitalización individual”.

Es así como se podría retirar entre un mínimo de $1.632.500 y hasta $4.400.000. Sin embargo, sostuvo que esto será posible siempre y cuando “los fondos previsionales que en la actualidad registre el afiliado, proyectados a la edad de su jubilación sean insuficientes para financiar una pensión superior a las 25 unidades de fomento”.

Aclaró además que esto sería efectivo solamente mientras exista el estado de catástrofe por calamidad pública.

  • PROYECTO PAMELA JILES

También, está el proyecto presentado por la diputada del Partido Humanista Pamela Jiles, que plantea puntos similares al primer y segundo retiro: Cifras de pago de hasta $4.300.000, retiro universal sin impuestos y pago forzoso para deudores de pensiones alimenticias.

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El texto señala: “Autorizase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, de forma voluntaria y de forma excepcional, a realizar un nuevo retiro hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias”.

Asimismo, establece “como monto máximo de retiro el equivalente a 150 unidades de fomento y un mínimo de 35 unidades de fomento”.

Los puntos que contempla el texto de Jiles también lo sostiene el proyecto del diputado Jaime Mulet (FRVS), quien además puso sobre la mesa que las personas con rentas vitalicias puedan retirar los fondos, agregando un bono de reconocimiento con la finalidad que sea el Estado el que se haga cargo de reponer el dinero retirado una vez que el afiliado haya jubilado.

Quienes también podrían hacer retiro del 10% son los pensionados de rentas vitalicias, quienes podrían solicitar extraer dineros a sus respectivas compañías de seguros “del monto que les hayan transferido en virtud del contrato de seguro de renta vitalicia”.

Para ambos casos se establece que el monto máximo de retiro equivalente a 150 UF ($4,3 millones aproximadamente) y un mínimo de 35 UF ($1 millón).

En el caso de afiliados a una AFP, si el 10% de los fondos acumulados es inferior a 35 UF, “el afiliado podrá retirar hasta dicho monto”.

En el caso de pensionados con rentas vitalicias, “el 10% que se considere para el cálculo del retiro, deberá reajustarse según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor del Instituto Nacional de Estadísticas en el periodo que media entre la suscripción del contrato y la solicitud de retiro”.

  • PROYECTO PPD

El proyecto del PPD, también declarado admisible, mantiene las ideas de los retiros anteriores, pero para sortear el Tribunal Constitucional (TC), en caso de que el Gobierno recurra a dicha instancia, proponen un cambio permanente a la Constitución, modificando el artículo 19, donde se trata la seguridad social e incorporando allí por única vez la posibilidad de retiro para los afiliados de AFP y rentas vitalicia.

En concreto, la medida busca que se modifique el artículo 19 de la Constitución, en su número 18, agregando tres nuevos incisos, que serían el quinto, sexto y séptimo:

Sin perjuicio de lo anterior, toda persona afiliada a un sistema previsional de capitalización individual, cuyo financiamiento provenga de cotizaciones obligatorias, tendrán derecho realizar, por única vez y de forma voluntaria, un retiro por hasta el diez por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual. Este retiro procederá conforme a lo establecido en la Disposición Trigésimo Novena, con excepción de su inciso cuarto.

De igual modo procederá el derecho a retiro establecido en el inciso anterior para los afiliados del sistema privado de pensiones que hayan optado por algún tipo de Renta Vitalicia. Para dicho efecto, se considerará el retiro como un pago anticipado de sus rentas, el cual deberá ser retornado a prorrata de la totalidad de los montos de pensión por pagar al asegurado calculados en base a la Tabla de Mortalidad elaborada de conformidad con la ley vigente.

Finalmente, el retiro a que refieren los incisos que anteceden quedarán sujetos a la retención, suspensión y embargo por deudas originadas en obligaciones alimentarias, por lo que serán plenamente aplicables las disposiciones establecidas en la ley, para estos efectos. Las personas cuyas rentas se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo treinta y ocho bis quedarán impedidos de solicitar el retiro a que se refiere la presente disposición.

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