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Corte Suprema autoriza el ingreso a territorio nacional de seis ciudadanos haitianos retenidos por PDI en Aeropuerto Pudahuel

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  • ¿QUÉ PASÓ?

En fallo unánime, la Segunda Sala acogió el recurso de amparo presentado en contra de la PDI y le ordenó permitir el ingreso al país de seis ciudadanos haitianos retenidos en el Aeropuerto de Santiago, para que puedan continuar con el proceso de regularización de sus respectivas situaciones migratorias.

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  • ¿QUÉ DIJO LA CORTE SUPREMA?

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado en contra de la Policía de Investigaciones (PDI) y le ordenó permitir el ingreso al país de seis ciudadanos haitianos retenidos en el Aeropuerto de Santiago.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció el actuar ilegal de la recurrida al impedir el ingreso al país de los amparados.

En la sentencia, también se indica que se debe considerar que cuando los ciudadanos extranjeros llegaron a Chile, ya se había decretado pandemia por COVID-19, como además una profunda crisis en Haití.

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Lo anterior incluso “implicaría necesariamente una afectación de la integridad física, psíquica y seguridad personal de los mismos”, quienes no pudieron ingresar al país.

“Huyeron de sus países por seguridad”

La resolución agregan que: “En este sentido, la Declaración de Cartagena de 1984, recoge las Recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, precisando un concepto de refugiado al incluir en él a las personas que han huido de sus países porque, su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas”.

“Por consiguiente ,prosigue, resultan aplicables en la especie, esta vez como principios propios del Derecho Humanitario Internacional, el de Defensa, Revisión de la Medida y Decisión Judicial Previa, de la No Devolución y No Rechazo en Frontera”.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y en su lugar se declara que se acoge la acción constitucional intentada en autos”.

Por último, se instruyó que “la Policía de Investigaciones de Chile, específicamente la Prefectura de Policía Internacional Aeropuerto, deberán permitir el ingreso de los amparados al territorio nacional, a fin que continúen con el proceso de regularización de su situación migratoria, hasta su completa tramitación”. Concluye el fallo.

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