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Atención: Detalles del proyecto de ley que prohíbe fumar y arrojar filtros de cigarro en playas, lagos y ríos de Chile

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  • ¿Qué pasó?

La propuesta que promueve que no se fume en playas de mar, ríos y lagos, y que además impide arrojar los filtros o las colillas de cigarrillos en la vía pública y en espacios al aire libre de lugares públicos o privados, quedó lista para ser remitida al Ejecutivo para su firma y promulgación como ley.

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  • Discrepancias entre ambas Cámaras

La principal diferencia apunta a una norma que la Cámara aprobó y que el Senado eliminó en el segundo trámite. La cual establecía que los filtros y las colillas de los cigarrillos elaboradas en el país, debían serlo con materiales biodegradables.

No obstante, la mixta mantuvo el criterio del Senado y eliminó esta norma, debido a que igualmente los componentes de las colillas siguen siendo tóxicos. Por lo que se perfeccionó una norma que dispone la instalación de contenedores exclusivos para desechar las colillas.

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  • Datos del proyecto

El punto central del proyecto es “prohibir que se fume en playas de mar, ríos y lagos dentro de una faja de 80 metros de ancho medidos desde la línea de más alta marea de la costa del litoral y de los terrenos fiscales riberanos hasta una distancia de 80 metros medidos desde donde comienza la ribera”.

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Además, se prohíbe arrojar los filtros o las colillas de cigarrillos en la vía pública y en los patios o espacios al aire libre. Por lo que, establecimientos de educación superior, aeropuertos, terrapuertos, teatros, cines, centros de atención al público o de prestaciones al público en general, deberán instalar ceniceros, contenedores o receptáculos para su eliminación. Asimismo, los pubs, restaurantes, discotecas y casinos de juegos, a excepción de los lugares en que se prohíbe fumar.

  • Fiscalización y multas

En cuanto a la fiscalización, esta corresponderá a la policía marítima, fluvial y lacustre y, en caso de constatarse alguna infracción esta se deberá denunciar ante el juez respectivo. Además, la norma indica que cualquier persona podrá denunciar el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el proyecto, como la denominada “denuncia ciudadana”.

Por último, respecto a la multa, se aumenta de dos unidades tributarias mensuales, a un rango que va desde una a cuatro UTM por infracción a la ley. La cual también contempla condena con servicio comunitario limpiando playas, ríos o lagos.

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